Policía Nacional del Peru


La Policía Nacional del Perú (PNP) es una institución del Estado dependiente del Ministerio del Interior, creada para garantizar el orden interno, el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y el normal desarrollo de las actividades ciudadanas. Es profesional y jerarquizada. Sus integrantes representan la ley, el orden y la seguridad en toda la República y tienen competencia para intervenir en todos los asuntos relacionados con el cumplimiento de su finalidad fundamental.

Como en otros países (España, Francia, Italia, Colombia, Chile, Ecuador, etc.), la Policía Nacional del Perú tiene organización castrense, la cual, según la ley de la creación de la Policía Nacional del Perú , fue heredada de los dos cuerpos policiales uniformados anteriores a ella que eran la Guardia Civil del Perú y la Guardia Republicana del Perú, cuyos antecesores más antiguos fueron cuerpos policiales que nacieron con la república (i. e. la Milicia Cívica y la Guardia de Policía) y que luego de muchos años de procesos de reorganización han devenido en la actual institución, cuya disciplina está regida por sus propios reglamentos y por el Código de Justicia Militar Policial del Perú.

Está facultada de acuerdo con la Constitución Política a la posesión y al uso de armas de guerra. Asimismo en conjunto con las Fuerzas Armadas, ha combatido con éxito la subversión, durante las décadas de los años 80 y 90 del siglo XX. No obstante al haber evolucionado a la par con el desarrollo de la nación sin dejar de lado su naturaleza y disciplina castrense, actualmente es una institución de carácter civil, al servicio de la comunidad, con más de cien mil hombres y mujeres repartidos en toda la república.

La finalidad fundamental de la Policía Nacional del Perú es garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras. (Artículo 166 de la Constitución Política del Perú)


Funciones de la Policía Nacional del Perú

Según su ley de creación, la Policía Nacional tiene las siguientes funciones:

  1. Mantener la seguridad y tranquilidad pública.
  2. Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos.
  3. Garantizar la seguridad ciudadana.
  4. Brindar protección al niño, al adolescente, al anciano y a la mujer que se encuentran en situación de riesgo de su libertad.
  5. Investigar la desaparición de personas naturales.
  6. Garantizar y controlar la libre circulación vehicular y peatonal en la vía pública y en las carreteras, asegurar el transporteautomotor y ferroviario, investigar y denunciar los accidentes de tránsito, así como llevar los registros del parque automotor con fines policiales, en coordinación con la autoridad competente.
  7. Intervenir en el transporte aéreo, marítimo, fluvial y lacustre en acciones de su competencia.
  8. Vigilar y controlar las fronteras, así como velar por el cumplimiento de las disposiciones legales sobre control migratorio de nacionales y extranjeros.
  9. Brindar seguridad al Presidente de la República, a los Jefes de Estado en visita oficial, a los Presidentes de los Poderes Públicos y de los organismos constitucionalmente autónomos, a los Congresistas de la República, Ministros de Estado, así como a diplomáticos, dignatarios y otras personalidades.
  10. Cumplir con los mandatos escritos del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Jurado Nacional de Elecciones, Ministerio Público y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el ejercicio de sus funciones.
  11. Participar en la seguridad de los establecimientos penitenciarios, así como en el traslado de los procesados y sentenciados.
  12. Participar en el cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente, la seguridad del patrimonio arqueológico y cultural del Perú.
  13. Velar por la seguridad de los bienes y servicios públicos, en coordinación con las entidades estatales correspondientes.
  14. Participar en la Defensa Nacional, Defensa Civil y en el desarrollo económico y social del país.
  15. Ejercer la identificación de las personas con fines policiales.
  16. Ejercer las demás funciones que le señalen la Constitución y las leyes.
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